Los ministros de la Tercera Sala ratificaron la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que desestimó la acción cautelar interpuesta por SINTRACAP y el diputado Gabriel Silber, en contra del Club de Golf Brisas de Chicureo.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema rechazó el recurso de protección interpuesto a favor de un grupo de asesoras del hogar supuestamente discriminadas en el club de Golf llamado “Las Brisas de Chicureo”.
En fallo dividido, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda y María Eugenia Sandoval ratificaron la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que desestimó la acción cautelar interpuesta en contra del Club de Golf Brisas de Chicureo.
El fallo de mayoría ratifica en todas sus partes la resolución del tribunal de alzada capitalino que consideró que no había actuar arbitrario en el reglamento del Club que establecía una serie de requisitos para el ingreso al sector de piscinas.
La determinación se adoptó con el voto en contra del ministro Muñoz, quien fue partidario de acoger el recurso de protección por considerar que la conducta viola las garantías constitucionales de los recurrentes.
En su voto de minoría, el juez aclara que a su parecer “el hecho de impedir a una persona poder entrar a un lugar o espacio por motivos de raza, sexo, idioma, religión o cualquiera otra circunstancia étnica, social o cultural implica un trato discriminatorio que contraviene principios básicos de los derechos humanos plenamente asentados en la sociedad moderna y que se encuentran contenidos en la Carta de las Naciones Unidas, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convención Americana sobre Derechos Humanos que son leyes de la República”, dice la opinión disidente.